Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó escrito de pruebas presentado por la parte recurrente, de la siguiente manera: En relación a las documentales promovidas y marcadas "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J", "K", "L" "M" "N" y "O", se admitieron en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes. En relación a la prueba de informes solicitada a la parte recurrida se declaró inadmisible.