Este Tribunal habiendo conversado con las partes involucradas, en presencia de la abogada en ejercicio EDITTELA DEL VALLE TORRES PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 167.370, en su carácter de Defensora Publica Provisorio Segunda, en requerimiento de los ciudadanos MARIA NATIVIDAD CEUTA DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 5.873.097, por una parte y por la otra el ciudadano ELIONAIS DEL JESUS GONZALEZ UGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.872.538, y habiendo manifestado su voluntad de llegar al acuerdo que suscribieran por ante la Defensa Publica Agraria, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HO.....