Esta Corte se declaró COMPETENTE para conocer la causa, CON LUGAR el recurso de apelación ejercido, REVOCA la sentencia apelada y ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Instancia, a los fines que continúe con la tramitación del recurso interpuesto, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley del Estatuto de la Función Pública.