DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado Jhonatan José Crespo Centeno, venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 26-04-89, titular de la Cédula de Identidad N° 20.375.311, de profesión u oficio indefinido, de estado civil soltero, hijo de José Rodríguez y Nubia Crespo, y residenciado en la calle San Miguel Callejón Los mangos, Casa S/N, cerca de la tasca, Carúpano, Estado Sucre; por encontrase incurso en la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; debiendo presentarse cada treinta (30) días, por el lapso de seis (06) meses, por ante la Unidad de Algua.....