Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo dictó decisión mediante la cual declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta por la abogada Elizabeth Arriojas, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARISELA COROMOTO BARRETO RAMOS, portadora de la cedula de identidad N° 3.969.695, contra de la sentencia dictada en fecha 21 de noviembre de 2006, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial contra el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES (hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN). 2. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de la apelación interpuesto solo en lo que refiere a la procedencia del bono vacacional y bono de fin de año. 3. REVOCA PARCIALMENTE el fallo dictado por el a quo. 4. CONFIRMA en los términos expuestos, el fallo dictado por el a quo. 04