DECLARA CON LUGAR LA DESESTIMACION DE LA DENUNCIA que fuera planteada en fecha 28 de septiembre de 2005, por el ciudadano Charles José Abache Licett, con Cédula de Identidad N° 14.419.014, de 26 años de edad, residenciado en Sector La Voluntad de Dios, Calle Principal, Casa S/N, Cumaná, Estado Sucre; en cuanto a los hechos que atribuye al ciudadano Franklin Ruiz; y que tipifican el delito de Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal, por tratarse de un hecho punible que requiere la querella del amenazado para dar inicio al proceso. En consecuencia, una vez firme la presente decisión se acuerda remitir las presentes actuaciones al Fiscal del Ministerio Público solicitante. Notifíquese al denunciante y al fiscal, de conformidad con lo dispuesto en al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, remítase con oficio la presente causa al archivo central de este Circuito Penal y así se decide. En Cumaná, a los treinta y un (31) días del mes de enero de dos mi.....