Se dictó y publicó decisión mediante la cual entre otras cosas se declaró COMPETENTE a la CSCA para conocer y decidir sobre la presente demanda de contenido patrimonial interpuesta conjuntamente con medida preventiva de embargo; se ADMITIÓ la referida demanda; ORDENÓ emplazar a las soc. merc. ZUMA SEGUROS, C.A. y ASOCIACIÓN COOPERATIVA SYSTEMATRIX XC, RL.; así como notificar al PGR conforme el art. 96 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que rige sus funciones; ORDENÓ fijar audiencia preliminar una vez conste las notificaciones ordenadas; y finalmente se ACORDÓ la apertura de un cuaderno separado a los fines de la tramitación de la medida cautelar solicitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.