En el presente expediente, esta Corte acuerda dictar AUTO PARA MEJOR PROVEER a los fines que se oficie a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MEJÍA DE LA CIRCUNSCIPCIÓN JUDICIAL ESTADO SUCRE, para que dentro del lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la notificación respectiva, remita el expediente administrativo contentivo de los antecedentes administrativos, ello a tenor de lo previsto en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, advirtiendo que en caso de incumplimiento de esta carga, ello podrá dar lugar a la sanción establecida entre cincuenta (50) y cien (100) unidades tributarias (UT). Asimismo, esta Corte considero necesario notificar tanto a la referida Alcaldía como a la parte recurrente, a los fines que consignen cualquier documentación de la cual se desprenda el vínculo existente entre ambos.