LA CORTE declara: 1.- Su INCOMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Abogada Maryorie Rodríguez Pérez, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JUAN JOSÉ MÁRQUEZ, contra la transacción celebrada ante la Inspectoría del Trabajo de la Ciudad de Maturín estado Monagas entre el recurrente y la Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A, 2.-. DECLINA la competencia para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto en el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Maturín, que resulte seleccionado por el mecanismo de distribución y 3.- ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Maturín.