La Corte declaró SU INCOMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto; DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Capital, que corresponda previa distribución, a fin que conozca de la presente causa; y ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado Superior Distribuidor Contencioso Administrativo de la Región Capital.