Esta Corte declaró: 1. QUE ES COMPETENTE para conocer y decidir, en primer grado de jurisdicción, la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por el abogado Alí Alberto Gamboa García, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano MICHEL ANTOINE DOUAIHY LEÓN, contra el acto administrativo contenido en el Auto de fecha 12 de diciembre de 2016, emanado del INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS (INH) 2. Se ADMITE PROVISIONALMENTE la demanda incoada. 3. Se declara PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada. y, en consecuencia, se SUSPENDEN los efectos del acto administrativo contenido en el Auto de fecha 12 de diciembre de 2016, suscrito por el Instituto Nacional de Hipódromos (INH) mediante el cual se prohibió al ciudadano Michel Antoine Douaihy León la transferencia de la Propiedad de los ejemplares bajo su titularidad; así como la adquisición de otros ejemplares Purasangre y la prohibición la inscripción de ejemplares para actuar en carrera