Esta Corte dictó decisión mediante la cual ordenó: 1.- ANULAR todas las actuaciones procesales ocurridas en el expediente, desde el 13 de febrero de 2014, fecha en la cual se ordenó librar el cartel de emplazamiento a los terceros interesados en el presente recurso de nulidad, 2.- REPONER la causa al estado de solicitar al Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, respectivamente, las resultas de las comisiones libradas por el Juzgado de Sustanciación de este Órgano Jurisdiccional en fecha 21 de noviembre de 2013, o en su defecto informen el estado en el cual se encuentran las mismas y 3.- ORDENÓ la notificación de la parte demandada de la presente decisión y a los ciudadanos Fiscal General de la República y Procurador General de la República.