Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de La Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado incoado por el ciudadano: EDGAR ALEXANDER GORDILLO VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.021.426, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Ronald Alexander Peraza Angulo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.024.793, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 254.518, de este domicilio, contra la ciudadana ERAIRA DEL CARMEN BERBESI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.406.489, de este domicilio. Referente a la compra venta de un inmueble constituido por: Una casa de habitación fami.....