Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE el BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO al penado JOSUE LEVI RODRÍGUEZ SANDREA, venezolano, cedula de identidad N° 14.525.012, de 23 años de edad, soltero, de profesión u oficio Estudiante de Derecho, fecha de nacimiento 23-12-80, hijo de Jairo Rodríguez y Ana Sandrea, residenciado en la vía el Mojan, sector Mirtha Fonseca, avenida 17, entre calles 36 y 36B, diagonal a Ferremol, Municipio Maracaibo Estado Zulia, por cumplir con los requerimientos previstos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva de esta decisión. Asimismo se ordena oficiar al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Directora de la Unidad Técnica de Apoyo.