En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, de la demanda interpuesta por el ciudadano CIPRIANO SALOMON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.839.396, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil “El Saman”, debidamente asistido y posteriormente representado por los abogados en ejercicio JOSE DEL CARMEN GUZMAN HENRIQUEZ y RUBEN SALINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 39.850 y 100.976 respectivamente, contra la Asociación Civil Provivienda ASOCARIDAD por INTERDICTO DE AMPARO.