´En fecha 17 de septiembre de 2026, este Juzgado de Sustanciación, dictó auto mediante el cual contestó la diligencia consignada en fecha 28 de julio de 2026, suscrita por el abogado Andrés Clemente Ortega Serrano, actuando en su carácter de apoderado judicial de las sociedades mercantiles Cervecería Polar, C.A., Alimentos Polar Comercial, C.A., y Pepsi-Cola de Venezuela, C.A., quien es tercer interesado en la presente causa, asimismo, se dio contestación de la diligencia consignada en fecha 05 de agosto de 2026, suscrita por la abogada Vanessa Isadora Manrique Perea, actuando en representación de la República Bolivariana de Venezuela, quien es la parte demandada en la presente causa el cual solicitaron a este Juzgado la reposición de la causa en la fase de notificación de la Sentencia Nro. JS-JNPCARC-00020, de fecha 19 de marzo de 2026, dictada por este Juzgado de Sustanciación.
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