Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Vista la aprehensión del ciudadano NILSON WALTIÑO LOPEZ GIL, titular de la cédula de Identidad Nº v-510.851.304, nacido en Maracaibo, de 40 años, residenciado en: Barrio San Sebastián avenida 126, casa nº 48-78, sector la Pomona, Maracaibo estado Zulia, teléfono: 0416-062-90-74, y en consecuencia se declara con Lugar la solicitud fiscal y la cual no fue objetada por la defensa y en consecuencia se DECLINA LA COMPETENCIA en razón del territorio al Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el artículo 57, en relación con el artículo 77, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, remitiéndose al efecto las actuaciones que fueron presentadas por el Despach.....