Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano CESAR AUGUSTO NARVAEZ, asistido por el abogado PABLO G., LUGO, en contra del auto dictado en fecha 07 de marzo del año 2.008, por el Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el expediente 1.467, y ASI SE DECIDE.