Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, concede autorización a la adolescente (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), antes identificada para viajar a la ciudad de Cartagena y Santa Marta (Colombia), en autobús de la Línea de Trasporte Internacional Expreso Amerlujos Barquisimeto- Cartagena - Santa Marta - Barquisimeto desde el día veintidós (22) de julio de 2011, en el entendido que la adolescente deberá retornar el día treinta y uno (31) de julio de 2011 a la ciudad de Carora Estado Lara - Venezuela, en compañía del ciudadano Cardenas Plata Gerardo.