Se dictó y publicó decisión mediante la cual se admitió la demanda interpuesta y se ordenó la notificación de la parte demandante, a quien se le instó a consignar los fotostatos necesarios para practicar las notificaciones; así mismo se ordenó notif. al FGR, Presidente del CONAPDIS a quien se le solicitar los AA relacionados con la causa, MPP del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, y a la PGR conforme el art. 86 del Decreto que rige sus funciones. Asimismo, se ordenó abrir cuaderno separado para tramitar la medida cautelar interpuesta, una vez la parte demandante consigne los fotostatos correspondientes y finalmente, se ordenó remitir el exp. una vez conste en autos las notificaciones ordenadas, a la CSCA a los fines que se fije la audiencia de juicio de conformidad con el art. 82 LOJCA.