Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: LA CONVERSIÓN DE DIVORCIO de la Separación De Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos MARIA ELISA GONZALEZ DE FERNANDEZ y ANTONIO FERNANDEZ MARTINEZ, anteriormente identificados y disuelto, en consecuencia, por Divorcio el vínculo matrimonial que los unía contraído entre ellos en fecha 02 de junio de 1.963, por ante la primera autoridad civil de Cangas, Provincia de Pontevedra, España, en fecha 02 de junio 1963, tal como se evidencia en el libro de Registro Civil de Inserciones de Matrimonios llevados por la Prefectura Civil del Municipio Foráneo Leoncio Martínez del Estado Miranda, en fecha 27 de abril de 1997, bajo el Nro.4, folios 30 vto, y 31.-
Se declara disuelta la comunidad.....