, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley PRIMERO: CON LUGAR la acción de TACHA DE DOCUMENTO, incoada por el ciudadano SERGIO SALLUSTI CHINZONE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.410.080, de este domicilio, en contra de la Ciudadana MARIA MERCEDES RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.600.525, de este domicilio. SEGUNDO: Como consecuencia del particular primero, LA FALSEDAD Y CONSECUENTE NULIDAD DE LA AUTORIZACIÓN que presuntamente reposaba en el Cuaderno de Comprobantes ubicado bajo el N° 3768, Folio 7433 y correspondiente al documento No 31, Tomo 14, Protocolo de Trascripción de fecha 12/05/2017, a los folios 33 al 36 del expediente, consignado de manera fraudulenta, y como consecuencia de ello, la NULIDAD ABSOLUTA del Título Suple.....