DISPOSITIVA
Se procede a actualizar el cómputo de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 484 ejúsdem, al penado PABLO ANTONIO MORILLO, venezolano, natural de Churuguara, Edo. Falcón, fecha de nacimiento 02-06-55, de 48 años de edad, titular de la Cédula de identidad Nro. 6.675.440, de profesión u oficio obrero, hijo de Carmen Guadalupe y José Lugo y residenciado en el Km. 6, Barrio La Esperanza II, vía Pavia de esta ciudad, quien fué condenado a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, por el delito de POSESION ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, tipificado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En consecuencia hágase el cómputo.El penado fue detenido en fecha 12/01/1998 y salió en libertad el 10/02/1998, entró nuevamente detenido el 13/03/2004 hasta el día de hoy inclusive, por lo que lleva UN (1) MES Y DIECIESIETE (17) DIAS; faltándole por cu.....