Esta Corte declara que es COMPETENTE para conocer de las apelación ejercida por la parte recurrida contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 4 de diciembre de 2002, mediante la cual declaró con lugar la querella interpuesta por el abogado José Antonio Márquez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.590, actuando en representación del ciudadano JULIO CÉSAR MONTEROLA, portador de la cédula de identidad N° 4.547.911 contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MIRANDA, CON LUGAR el recurso de apelación ejercido; REVOCA el fallo apelado, declara SIN LUGAR la querella. 02