DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 81, 79, 103 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el 314 del Código Orgánico Procesal penal, acuerda ratificar las medidas ordenadas desde el inicio de la investigación, así como las acordadas en audiencia de revisión de medidas, instando en esta oportunidad al Ministerio Público a la presentación del acto conclusivo. SEGUNDO: Líbrese oficio a la Comandancia de la Policía del Estado Lara, donde se le requiera de manera inmediata información sobre las resultas de la medida de recorrido policial ordenada, de conformidad con el articulo 5 de la norma .....