La Corte declaró REVOCA el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de este Órgano Jurisdiccional 1º de julio de 2010, sólo en lo que respecta a la orden de librar el cartel de emplazamiento al día siguiente. En consecuencia; Se declaran NULAS las actuaciones subsiguientes referidas específicamente al auto a través del cual se ordenó efectuar cómputo; REPONE la causa y ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a los fines que efectúe la notificación de las partes, para que luego que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas reanude la causa en el estado supra mencionado y en la forma expuesta en la motivación del presente fallo. (Vid. snetencia).05