DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con bases a las normativas de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar: la solicitud de Cumplimiento de Obligación Alimentaria, presentada por la ciudadana Odalis Moraima Gallardo Oviedo, ya identificada, actuando en su carácter de madre y representante legal de sus hijos Ivan José y Gerardo Jesús Gallardo, en contra del ciudadano Arecio Ramón González Guedez, ya identificado. En consecuencia, se condena al ciudadano Arecio Ramón González Guedez, al pago de la cantidad quinientos mil bolívares (Bs. 500.000,oo), monto que adeuda por concepto de atraso en la obligación alimentaria, más el doce por ciento (12%) anual de interés, por el atraso injustificado a tenor del articulo 374 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Expídase .....