Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta PRIMERO El Sobreseimiento del Presente Asunto, seguido al ciudadano GONZALEZ MENDEZ JOSÉ GREGORIO, venezolano, Cédula de Identidad N° 6.855.180, natural de Caracas Distrito Federal, donde nació el 13-12-65, de 38 años de edad, hijo de Juvencio Segunda de Galindo y de Francisco Eleno Oviedo González, de profesión u oficio Chofer, residenciado en Av. Principal de la Hacienda, Sector UD6, Bloque N° 3, escalera N° 1, piso 19, Apartamento N° 19-05, Caricuao, Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ord. 3° del Código Orgánico procesal Penal, por la comisión del delito de Estafa en Grado de Continuidad previsto y sancionado en el artículo 464 en relación con el artículo 99 ambos del Código Penal, en per.....