Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, admite el recurso de apelación interpuesto por la abogada Gloria Villamizar, en su carácter de defensora privada del ciudadano Alexander Sampayo Torrealba, contra la decisión del 30 de octubre de 2010, dictada por el Juzgado Trigésimo Primero (31º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el desarrollo de la audiencia oral de presentación, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad al referido imputado, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 251, numerales 1, 2, 3, Parágrafo Primero y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico.....