este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, decreta PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO SOBRE BIENES MUEBLES propiedad de la parte intimada los ciudadanos YINDRISCA SACHARY CALLES DE AZUAJE venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.855.289, domiciliada en el Club Hípico Las Trinitarias, Residencias La Trinitarias, piso 15, apto Q51, de esta ciudad de Barquisimeto, estado Lara, ROSSIVELK AZUAJE YAJURE, ROSBELY ANTONIA AZUAJE YAJURE, RODERIK ANTONIO AZUAJE LOIACONO y ROSEFELIX ALBERTO AZUAJE CALLES, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.879.764, V-18.103.063, V-18.263.959, V- 22.330.744 respectivamente, todos de éste domicilio, hasta garantizar el monto adeudado que es por la cantidad de DOCE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES Y/O AMERICANOS (USD 12.000$) si recae sobre dinero en efectivo, por concepto del monto intimado, o su equivalente en bolívares en razón de la tasa .....