III
DECISIÓN
De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la sociedad mercantil CONFECCIONES SKYLINE, C.A., contra OMNILIFE DE VENEZUELA, C.A., plenamente identificados al comienzo de este fallo, ello en razón de que la parte actora no subsanó correctamente, tal y como quedo expuesto en la sentencia de fecha 17/12/2010, mediante la cual se declaro con lugar la cuestión previa contenida en el ordinal 6º del artículo 346, en concordancia con el ordinal 7º del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, promovida por la parte demandada.
No hay condenatoria en costas.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y .....