Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Primero: Declara Con Lugar el recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho Alvaro Ospino, en su condición de representante del Ministerio Público, contra la decisión dictada por el Tribunal undécimo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de mayo del 2012, en razón del auto de privación judicial de libertad decretado en audiencia especial de presentación. Segundo: Declara conforme a la motiva expuesta en el presente fallo, la nulidad del auto recurrido de fecha 19 de mayo del 2012, y la audiencia de presentación de la misma fecha, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 173, 190 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Ordena la celebración de la audiencia de presentación solicitada por el Ministerio Público, en la cual se deberá decidir acerca de la procedencia o no de la Medida Privativa Judicial de Libertad solicitada por el Ministerio P.....