Este Tribunal Primero de Juicio (Unipersonal) del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Suspende Condicionalmente el Proceso al ciudadano ESTEBAN DE JESUS SEQUERA RODRIGUEZ, venezolano, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.265.445, de estado civil Concubino, fecha de nacimiento: 14 de Julio de 1973, ocupación: Comerciante Buhonero, domiciliado en: El Barrio La Antena Municipio Unión, Calle 02 entre carreras 03 y 05 N° 2-86, Barquisimeto Estado Lara, por el lapso de Un (1) año y Seis (6) meses, y de conformidad a lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal le impone el cumplimiento de las siguientes condiciones: 1) Residir en el lugar determinado, apuntado como dirección la indicada en este acto (artículo 44 ordinal 1°), 2) No comunicarse con la victima, ni por si ni por interpuestas personas (artículo 44 ordinal 2°), 3) Prestar Servicio.....