DECISION
Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE DECLINA LA COMPETENCIA, para el conocimiento del presente asunto Juzgado Primero de Juicio del Estado Mérida, según expediente Nº LP01-P-2009-004406, de fecha 18-07-2012, no indica delito, por cuanto se encuentra requerido el ciudadano HUGO JOSE ESIS RAMIREZ, por el mencionado órgano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 57 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: Se acordó oficiar a la Guardia Nacional Bolivariana, Comando Regional Nº 4, Destacamento de Seguridad Urbana-Lara, Segunda Compañía, Puesto el Terminal, a objeto que realice el Traslado hasta el Juzgado Primero de Juicio del Estado Mérida, según expediente Nº LP01-P-2009-004406, de fecha 18-07-2012, no indica delito, al ciudadano DARIO HERNAN ARJONA SANCHEZ,
TERCERO: Se acuerda oficiar remitiendo las presentes actuaciones Juz.....