En consecuencia y de conformidad con las anteriores conclusiones, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente solicitud de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos ANA TERESA HERRERA, CANDIDO DE JESUS MARIN, CARLOS ANAYA TOVAR, MAIRA MARGARITA PAREDES CONTRERAS, LIZZA LISBETH ALFONSO SIERRA, ANA OLINDA SIERRA PINZON, JORGE ALFONSO CUBIDES, LUIS EMILIO MORALES PRADO y OLIBIA DEL CARMEN VALDERRAMA VILLEGAS, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.789.824, 2.731.128, 23.707.680, 10.501.077, 15.856.385, E-80.448.300, E-80.448.299, 10.368.481 y 7.548.684, respectivamente, en contra de los ciudadanos BLAS HUMBERTO LEMMO D¿ ANGELO y CARMEN ROCIO LEMMO DE TINOCO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 964.867 y 2.933.066 res.....