DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción autónoma de amparo constitucional ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada, interpuesta por el ciudadano JESÚS MANUEL MÁRQUEZ MOLINA, titular de la cédula de identidad Nro. 5.509.673, representado por el abogado Manuel Enrique Reyes Peña, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nro. 62.982, contra "el acto administrativo dictado por el INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS DE LA DEFENSA NACIONAL (IAEDEN) de fecha 29 de enero de 2013, materializado mediante notificación (...) el día el 8 de febrero de 2013".
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a los cinco (5) d.....