De las normativas precedentemente trascritas se infiere cuáles son los actos administrativos impugnables en sede jurisdiccional, los requisitos a seguir para la interposición del recurso contencioso tributario en la vía judicial, el lapso para su interposición y las causales de inadmisibilidad. Ahora bien, en el caso objeto de estudio se desprende que se trata de un acto administrativo de efecto particular recurrible en vía jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legalmente establecido, mediante escrito en el cual se funda, quedando demostrado la cualidad y el interés del recurrente, así como la persona que se presenta como apoderado judicial del ciudadano Luiguel Alejandro Giménez González, titular de la cédula de identidad N° V-12.283.235, actuando con el carácter de representante legal de la firma mercantil (Licorería Vamos para allí-Giménez), según consta en instrumento poder autenticado ante la Notaría Pública de San Felipe, Estado Yaracuy, en .....