Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículos 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abg. Pedro Pérez Blanco, en su condición de representante de la empresa Oster de Venezuela S.A, contra la decisión dictada en fecha 09 de Noviembre de 2015, por la Jueza del Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 06 Itinerante de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano BEIKER JOSE CHIRINOS TERAN. Se fija la Audiencia Oral para el día LUNES 20 DE MARZO DE 2017, A LAS 11:00 AM, a los fines de debatir los fundamentos del recurso conforme lo establece el encabezamiento del artículo 448 ibidem. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelacion.....