PRIMERO: Se declara la NULIDAD de los autos de fecha 04 de abril de 2017 (folio 26, pieza 2), fecha 18 de abril de 2017 (folio 33, pieza 2), y de la celebración de la audiencia de juicio en el presente asunto, que consta en acta de fecha 23 de mayo de 2017 (folios 51 al 53, pieza 2), y se ORDENAR la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de SUSPENDER EL CURSO de la misma, y una vez conste en el expediente la CERTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE LA ORDEN DE REENGANCHE Y LA RESTITUCIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA INFRINGIDA, expedida por la autoridad administrativa del trabajo, se ORDENARÁ, por auto separado, la continuación del curso de la causa, en el estado de fijar oportunidad y hora para la celebración de la audiencia de juicio. Así se decide.
SEGUNDO: Se SUSPENDE EL CURSO DE LA PRESENTE CAUSA hasta tanto conste en autos la CERTIFICACIÓN DE REENGANCHE Y RESTITUCIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA INFRINGIDA, a favor del ciudadano ANTONIO JOSE PEREZ, emitida por la Inspectoria del Trabajo, .....