´Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por los ciudadanos DOUGLAS JOSE VALERA CASTILLO y YENNYS JOSEFINA GUTIERREZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 11.699.890 y V-15.263.653, respectivamente, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 08 de Noviembre del año 1993, quedando inserta el Acta bajo el Nº 306, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.
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