Efectivamente, en fecha 19 de Agosto del 2004 se celebró Audiencia Especial de Presentación de Imputado al ciudadano EDGAR JOSE TORREALBA, por el delito de Lesiones Intencionales, siendo acordada Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, ordinales 3° 4° y 5°, es decir, presentación cada quince días ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal; Prohibición de Salida del Estado Carabobo y Prohibición de acercarse a la víctima, siendo procedente y ajustado a derecho la presente solicitud, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley fundamentando ésta decisión en lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y 87 de nuestra Carta Magna SUSTITUYE el ordinal 4° por el ordinal 9° del artículo 256 ejusdem, es decir, obligación por parte del imputado de presentarse ante el Tribunal y Fiscalía cada v.....