Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1.- DESISTIDO el recurso de apelación ejercido. 2.- REVOCA por efecto de la consulta de ley establecida en el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, la sentencia dictada por el Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur, en fecha 28 de junio de 2004. 3.- SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional por el ciudadano Manuel Enrique Montilla Rondón, asistido por los abogados Rosa Caraballo Rondón y Alexis Rafael Moreno López, todos identificados en autos respectivamente, contra el Decreto Nº G.-340-1 del 28 de julio de 2003, dictado por el Gobernador del Estado Apure. 04