Me inhibo de seguir conociendo de la presente causa por estar incurso en los artículos 86 numeral 7 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal en la causa que se le sigue a los joven IDENTIDAD OMITIDA, en razón de que en fecha 21-04-2007, realicé audiencia de presentación para establecer las circunstancias de la aprehensión del joven imputado en el cual se acordó la continuación de la investigación por la vía del procedimiento ordinario y se le impuso la medida de conformidad con lo establecido en el articulo 582 literal c de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, tal como corre a los folios 23 al 26, fundamentada dicha decisión en fecha 23-04-2009 a los folios 31 al 33, en la causa que se le sigue por el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto en los artículos 5,6, numerales 1 y 2 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos.