La Corte declaró QUE ES COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de diciembre de 2007, por el abogado Nicasio Acosta Balda, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana INGRID ELIZABETH PALACIOS ARMADA, contra la sentencia dictada el 6 de diciembre de 2007, por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar por la referida ciudadana contra la Providencia Administrativa Nº 730-04, de fecha 17 de junio de 2004, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL; IMPROCEDENTE la solicitud de perención; SIN LUGAR la apelación interpuesta contra el referido fallo; CONFIRMA el fallo apelado.