este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ARACELIS GREGORIA MARTINEZ SANCHEZ y WILFREDO ANTONIO CASTELLANOS CASTELLANOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 10.855.152 y V- 7.170.129, respectivamente, asistidos por el ABG. OSWALDO LOPEZ H, I.P.S.A. Nº. 61.341, y de este domicilio, en consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 22 de Diciembre del 1984, por ante por la Alcaldía del Municipio Boca de Aroa , Distrito Silva del Estada Flacón, (Hoy Registro Civil de la Parroquia Boca de Aroa del Municipio José Laurencio Silva del.....