Por lo antes expuesto, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de la Defensa de declarar la nulidad de las actuaciones penales incoadas contra los adolescentes, IDENTIDADES OMITIDAS, en la causa que se le sigue por el delito de Robo Agravado de Vehiculo Automotor, previsto en el artículo 5 de la Ley sobre Robo y Hurto de Vehiculo. Notifíquese de tal fundamentación a la Defensa y al Ministerio Público