Declara: PRIMERO: NIEGA LA MEDIDA DE PROHIBICIÒN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada sobre el 40,31% de los derechos respecto al siguiente inmueble: Una parcela de terreno y la casa-quinta sobre ella construida, ubicada en la Urbanización La Campiña, calle 193 y/o Avenida Guzmán Blanco No. 65, jurisdicción del Municipio Naguanagua, Estado Carabobo. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente inmueble: Un apartamento distinguido C-5-B, piso 5, Torre "C" del Conjunto Residencial y Comercial "LA PAZ", de la Avenida El Cementerio, jurisdicción del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, con su correspondiente puesto de estacionamiento distinguido con el número 5-B, situado en la zona de estacionamiento del Edificio, el cual tiene una superficie aproximada de 90,10 M2 y sus linderos son: Nor-Este, fachada Nor-Este y pasillo de circulación; Sur-Este, apartamento No. C-5-A; Nor-Oeste, fachada Nor-Oeste; y Sur-Oeste, fachada Sur-Oeste. Tiene un porcentaje de c.....