PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE la Acusación Fiscal presentada en contra del ciudadano: LUÍS ANTONIO GARCÍA ANGULO, titular de la cédula de identidad Nº V.-24.157.958, natural de Barquisimeto Estado Lara, nacido en fecha 09-11-1990, de 20 años de edad, Venezolano, Soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en la carrera 4 entre 5 y 6, casa s/nº de color azul como a 2 casas la Bodega de Liliana, Estado Lara. Teléfono 0414-9542785 (propiedad de la progenitora), HERNANDEZ VALLES ANTONIO JOSÉ y OVIEDO ACOSTA JERSON JOSÉ, por la presunta comisión del delito de: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICA, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, por cumplir con los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 330 ordinal 9º de Código Orgánico Procesal Penal, por ser útiles, pertinentes, legales y necesarias, se admiten en su totalidad todas las pruebas ofrecidas por el Mini.....