DISPOSITIVA.
En base a las consideraciones expuestas, Este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente IDENTIDAD OMITIDA por Ley Especial, plenamente identificado, el cumplimiento de las sanciones de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad por el Lapso de un (01) año y seis (06) meses respectivamente, de forma simultánea por la comisión del delito de Posesión Ilícita de de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establecidas en el artículo 620 literales b) y d) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
Se fija audiencia para la imposición de la presente Decisión, el día 11 de Marzo del 2013 a las 11:00 a.m., con la indicación a los notificados que t.....