Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido por el ciudadano Manuel Coromoto Moisés Higuera, representado judicialmente por el abogado Carlos Enrique Ysmáyel Torrealba, antes identificados, contra la decisión de fecha 2 de octubre de 2007, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, mediante la cual declaró Inadmisible el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano MANUEL COROMOTO MOISÉS HIGUERA, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO, por diferencia de prestaciones sociales. 2. SIN LUGAR la apelación ejercida. 3. Se CONFIRMA el fallo apelado en los términos expuestos. 4.- Se ORDENA remitir el expediente al Tribunal de origen.